España firma el ACTA

martes, 31 de enero de 2012
La Unión Europea y 22 de sus estados miembros, entre ellos España, han firmado hoy en Japón el tratado ACTA, un acuerdo comercial para combatir el tráfico de falsificaciones y la violación de la propiedad intelectual. La firma del tratado por parte de la UE debe ser ratificada por el Parlamento Europeo en junio. Sus promotores recuerdan que, pese a que muchos detractores del tratado están tergiversando su contenido, ACTA no permitirá exigir el bloqueo de sitios web, tener un impacto adverso en el acceso o el uso de internet ni limitar el acceso a la cultura y la información. Tampoco “limitar, restringir o menoscabar los derechos fundamentales, las libertades o las libertades civiles;tipificar como delito las actividades no comerciales de los individuos; ni crear obstáculos al comercio legítimo o frenar la innovación”.

El Anti-Counterfeiting Trade Agreement (ACTA) es un tratado que fue suscrito el año pasado por Estados Unidos, uno de sus principales impulsores, además de Canadá, Australia, Japón, Corea del Sur y Nueva Zelanda, entre otros países. Este acuerdo comercial propone aplicar distintas medidas por parte de los estados que lo apoyan para luchar contra el comercio de falsificaciones y la distribución sin licencia de material protegido por derechos de autor. Hoy ha sido firmado en Japón por la Unión Europea y 22 de sus estados miembros, entre ellos España. En Europa, Holanda, Chipre, Eslovaquia, Estonia y Alemania figuran entre los países europeos que no lo han suscrito. Según la UE, en los casos de Chipre, Estonia y Eslovaquia se trata de un simple retraso por razones de procedimiento.

“ACTA ayudará a proteger a los creadores y a los innovadores europeos, a crear y preservar millones de empleos en Europa y a impulsar la recuperación económica europea mediante la competitividad y el crecimiento. También proporcionará importantes beneficios para los ciudadanos europeos más allá del actual marco internacional al fomentar el comercio internacional, promover la innovación, la creatividad, el avance tecnológico y la inversión, dando a los creadores europeos y a las empresas de exportación de todos los tamaños de la confianza para desarrollar sus productos sin el temor generalizado de la falsificación y la piratería. Se trata, en suma, de animar a las empresas a tomar riesgos y de atraer la inversión para el desarrollo de nuevos productos y servicios, además de proteger la salud y la seguridad de los consumidores europeos”, recuerdan los impulsores del acuerdo.

El tratado ACTA ha sido negociado por 37 países y la Unión Europea (que representan más del 50% del comercio mundial) para mejorar en la comunidad internacional el marco de la lucha contra la falsificación y la piratería. La innovación, creatividad, calidad y exclusividad de marca son algunas de las principales ventajas competitivas de la UE en el mercado mundial: “Las infracciones generalizadas de los derechos de propiedad intelectual (DPI) debilitan el comercio legal, la competitividad de la Unión Europea y el empleo. La Unión Europea y sus empresas de cualquier tamaño necesitan herramientas apropiadas para garantizar que en Europa los derechos de propiedad intelectual se apliquen efectivamente en sus principales mercados de exportación para así poder mantener su competitividad y el empleo en este momento crítico”.

Algunas de las críticas más duras contra el ACTA -añaden- se han basado en interpretaciones distorsionadas del texto del acuerdo. Como todos los acuerdos internacionales, el ACTA debe interpretarse de conformidad con los principios fundamentales de interpretación de los tratados establecidos en el Artículo 31 (1) de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados: “Un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin”.

Así, pese a que sus detractores llevan meses tergiversando su contenido y consecuencias, los promotores de ACTA recuerdan que no podrá: requerir cambios en el cuerpo legislativo de la UE; limitar, restringir o menoscabar los derechos fundamentales, las libertades o las libertades civiles;tipificar como delito las actividades no comerciales de los individuos; crear obstáculos al comercio legítimo o frenar la innovación; afectar al comercio legítimo de medicamentos genéricos o de acceso a los medicamentos; ordenar a los gobiernos que obliguen a los ISP a cerrar conexiones de los usuarios de internet; exigir a las autoridades fronterizas que registren el equipaje de los viajeros o sus dispositivos personales buscando materiales infractores; exigir el bloqueo de sitios web; tener un impacto adverso en el acceso o el uso de internet; ni limitar el acceso a la cultura y la información.

“La posibilidad de que ACTA dote a la Unión Europea y a sus gobiernos de un marco para proteger eficazmente a los consumidores y las economías nacionales contra la falsificación y la piratería plenamente efectivo debería ser apoyada por todo el mundo“, concluyen.

Fuente: Ibercrea

Ley Sinde hasta en la SOPA

domingo, 22 de enero de 2012
Se ha generado mucho interés estos días en torno al proyecto de ley del Congreso de los EE.UU, conocido como SOPA. Los medios de comunicación de todo el mundo han recogido, minuto a minuto, los avatares de la SOPA y la reacción de las industrias de Internet. Hoy os recomendamos dos noticias aparecidas en el Washington Post hace unos días y que hablan del debate surgido en torno a este proyecto de ley en la Cámara de Comercio de Estados Unidos

Son bastantes los que en nuestro país rápidamente se han apresurado a comparar la SOPA con la Ley Sinde. Sin ir más lejos, hoy 20 de enero, el periódico El Pais en su editorial lo deja caer, al decir que Estados Unidos "ha presionado a terceros países como España para que adopte sus soluciones". Francamente, este recurso es tentador, pero demasiado fácil.

Sin conocer todavía en detalle el proyecto de ley norteamericano, cosa que haremos en los próximos días para publicar un análisis comparado en nuestra web, por lo que hemos podido leer en la prensa, el texto americano incorpora una serie de medidas que podrían poner en juego la salvaguarda de otros derechos fundamentales. Si esto es así, el proyecto de ley deberá de ser revisado y enmendado para garantizar que eso no ocurra. Pero ese no es el caso de la conocida como "Ley Sinde". Tras su paso por el Congreso y el Senado se incorporaron enmiendas a un primer borrador que iban encaminadas, precisamente, a salvaguardar una serie de principios constitucionales y a evitar el cierre de webs que no estuvieran vulnerando derechos de propiedad intelectual. El objetivo de ambos textos legales será sin duda el mismo, pero no los medios utilizados para ello (al menos por ahora) y como todos sabemos, en derecho, en política y, sencillamente, en la vida misma, esa es una gran diferencia.

A todo esto se ha sumado hoy la noticia bomba del cierre de Megaupload (hoy también lo recogemos en nuestra web). Como reacción a esa medida judicial hemos conocido también hoy que Anonimous ha respondido cerrando un gran número de páginas web del Gobierno de EE UU y también de proveedores de contenidos, empresas culturales y entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual. Curiosa manera de actuar por parte de quien se autoproclama defensor de la libertad de expresión...


AEDEM agradece a Adriana Moscoso del Prado (Instituto Autor) la reproducción de este post.

Obituario: Dña Rosario Boileau

jueves, 19 de enero de 2012
Fallece Dña. Rosario Boileau, (hija del que fue fundador de la
Editorial Boileau, D. Alessio Boileau) quien fuere Gerente y alma de la
Editorial Boileau durante 40 años. Rosario Boileau, ha dejado una
impronta imborrable en el sector editorial por su carácter alegre, y
generoso, y por ser una trabajadora infatigable que siempre supo
encontrar y disfrutar de la parte positiva de la vida y estuvo a
disposición de todo el que la necesitó. Una personalidad digna de ser
admirada y recordada por nuestro colectivo.